De acuerdo con la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, se prevé la publicación de un nuevo Real Decreto (RD) que modificará el RD 163/2014. Esta nueva legislación establecerá obligaciones específicas para el cálculo, verificación y registro de la huella de carbono a partir del año 2024. La finalidad de esta medida es asegurar que las empresas participen activamente en la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y contribuyan a la lucha contra el cambio climático.
Las empresas sujetas a la Ley 11/2018 de estado de información no financiera y sus posibles modificaciones deberán presentar un informe de huella de carbono y un plan de reducción de emisiones. En el ejercicio de 2024, estas obligaciones aplicarán a las sociedades con más de 250 empleados que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:
- Ser entidades de interés público, según la legislación de auditoría de cuentas
- Cumplir con criterios económicos específicos, como tener activos totales superiores a 20 millones de euros o una cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros durante dos ejercicios consecutivos.
Asimismo, el proyecto de ley incluye la obligación para los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos. En los próximos años se espera que aumente considerablemente el número de organizaciones afectadas y el alcance de la huella de carbono. El proyecto de Real Decreto, próximo a su aprobación, establece que las obligaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, refiriéndose a la huella de carbono del año 2024. Por lo tanto, todas las empresas obligadas deberán calcular su huella de carbono correspondiente a 2024.
Para cumplir con estas obligaciones, las empresas deberán establecer mecanismos de información durante el año 2024 para recopilar los datos necesarios para el cálculo de la huella de carbono. Al finalizar el año, deberán elaborar un informe detallado junto con un plan de reducción de emisiones. Este informe deberá ser verificado por una entidad acreditada o autorizada y, posteriormente, registrado oficialmente en la Oficina Española de Cambio Climático dentro del plazo que se establezca.
En conclusión, la implementación de estas medidas tiene como objetivo principal promover una reducción efectiva de las emisiones de GEI y asegurar que las empresas se involucren en la protección del medio ambiente y en la lucha contra el cambio climático.
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