Sanciones por incumplimiento
Alrededor de un 70% de empresas incumple el requisito obligatorio de tener implantado el Plan de Igualdad. La Inspección de Trabajo está siendo especialmente estricta con esta normativa y las multas a empresas por incumplimiento se han multiplicado por siete.
Las empresas que no tengan un Plan de Igualdad se enfrentan a sanciones económicas que pueden ir desde la falta grave, con multas de 626 a 6.250 €, a falta muy grave, que va desde los 6.251 € a los 187.515 €. Además, el incumplimiento supone consecuencias administrativas como no poder presentarse a ayudas públicas.
¿Qué empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad?
Todas las empresas que cuenten con 50 o más personas trabajadoras tienen la obligación de implantar un Plan de Igualdad según el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación
Una normativa que tiene la intención de acabar con las desigualdades derivadas por razones de sexo y poder llegar así, a una sociedad más igualitaria e inclusiva.
La vigencia del Plan de Igualdad es como máximo de cuatro años. Durante este tiempo se deben implementar las medidas y actuaciones reflejadas en el mismo y extraídas de una análisis diagnostico de género.
Implementar un Plan de Igualdad en la empresa tiene beneficios importantes para los empleados y para la empresa en general, incluyendo la promoción de una cultura de igualdad, el aumento de la motivación y el compromiso de los empleados, la mejora de la retención de talentos, el fomento de la diversidad y la inclusión, el cumplimiento legal y la mejora de la reputación de la empresa.
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